Primero fueron los SMS, después los wasaps: el acoso escolar, laboral y sexual es una lacra persistente que se contagia de generación en generación. Como las enfermedades víricas, se adapta a los medios de transmisión disponibles, causando daño a los colectivos vulnerables y no tan vulnerables. En realidad, cualquiera puede convertirse en víctima de acoso por WhatsApp.
Con más de 2.000 millones de usuarios activos al mes (Statista, 2023), WhatsApp es una de las plataformas de mensajería instantánea más utilizadas en 180 países. Sin embargo, no todos sus récords son tan laudables: el envío de wasaps es la principal forma de acoso escolar que sufren niños y adolescentes, de acuerdo con el estudio ‘IV Informe de Prevención del Acoso Escolar en Centros Educativos’ elaborado por Mutua Madrileña y la Fundación ANAR.
Pero ¿qué entendemos por delito de acoso en WhatsApp? Conforme al Código Penal y a la jurisprudencia registrada hasta la fecha, este quebrantamiento se produce cuando una persona envía a una segunda un volumen elevado de mensajes sin consentimiento, realizando injurias y amenazas o contactando nuevamente con otro número (pese a los bloqueos y rechazos de la víctima), para continuar con el envío masivo de mensajes.
Por citar un ejemplo que ha sentado jurisprudencia, una mujer fue condenada a un año de prisión en 2021 por acosar a una familiar con el envío de 500 wasaps que supusieron «una grave alteración en la vida cotidiana de la víctima» entre 2015 y 2016. Aunque este ciberacoso se desarrollase en un contexto familiar, se producen casos similares a diario de tipo laboral, académico, sexual, etcétera, que involucran a la famosa aplicación de mensajería.
En concreto, el acoso escolar por WhatsApp es una conducta tipificada en el artículo 171.1 del Código Penal como delito leve, incluso si las amenazas en cuestión estriban sobre un mal que no represente un delito, siendo «castigadas con penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho».
Si las amenazas y acosos realizados mediante WhatsApp se enmarcan en un caso de violencia de género u otra circunstancia agravatoria, las penas pueden aumentar de manera considerable.
Estas acciones también están recogidas en el Artículo 169 del Código Penal: «el que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico» se le castigará con penas de prisión de seis meses a cinco años, dependiendo del objetivo y del modo en que se materialicen las amenazas.
¿Es posible demostrar un delito de acoso por WhatsApp?
El delito de acoso y coacciones por WhatsApp debe comunicarse a las autoridades con arreglo al protocolo establecido en el ámbito en que se haya producido. En un contexto laboral, por ejemplo, los empleados víctimas de este delito deben notificarlo al departamento de RRHH o al responsable de dicha área, presentando si fuera necesario una denuncia ante el organismo de Inspección de Trabajo, antes de apelar a la vía judicial.
Por fortuna para los afectados, el envío de mensajes deja un rastro latente en la aplicación, incluso si las conversaciones han sufrido un borrador accidental o intencionado. Esto significa que podrán argumentar debidamente su denuncia de acoso por WhatsApp y evitar que sea desestimada por falta de pruebas.
Por esta razón, es importante conservar el mayor número de pruebas, incluyendo las imágenes y vídeos adjuntas a las conversaciones. Realizar capturas de pantalla y transcripciones en documentos paralelos es útil, pero estos medios carecerán de valor probatorio en procesos judiciales si un perito informático de WhatsApp no certifica su autenticidad. Estos profesionales también ayudan en la desencriptación de mensajes. Por consiguiente, disponer de un informe pericial completo es un paso esencial para saber cómo demostrar el acoso por WhatsApp y presentarlo como prueba en un trámite judicial.
Recabadas las pruebas y seguidos los pasos oportunos, la víctima de acoso está en disposición de acudir a la Policía Nacional, la Guardia Civil o la Fiscalía y presentar una denuncia por acoso.